El artículo 6º dice así: La manifestación de las ideas
no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el
caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito,
o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los
términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado
por el Estado.
¿Pero? Esto que quiere decir?
Pues que todos tenemos derecho a manifestar todas
nuestras ideas y expresarnos libremente sin ningún castigo ni inquisición, a
menos que hayas ofendido o hecho un delito. Todo esto tiene una relación con la
libertad de expresión asi que hablare de ello …
La libertad de expresión no se agota en el
simple hecho de hablar o escribir sino que comprende además, inseparablemente,
el derecho a utilizar cualquier medio apropiado para difundir el pensamiento y
hacerlo llegar al mayor número de personas…
La libertad de expresión es un
medio para el intercambio de ideas e informaciones y para la comunicación
masiva entre los seres humanos. Así como comprende el derecho de cada uno a
tratar de comunicar a los otros sus propios puntos de vista implica también el
derecho de todos a conocer opiniones y noticias. Para el ciudadano común tiene
tanta importancia el conocimiento de la opinión ajena o de la información de
que disponen otros como el derecho a difundir la propia, requiere que los medios de
comunicación social estén libremente abiertos a todos sin discriminación o más
exactamente, que no haya individuos o grupos que lo prohíban o estén excluidos
del acceso a tales medios, exige igualmente ciertas condiciones respecto de
estos, de manera que, en la práctica, sean verdaderos instrumentos de esa
libertad y no vehículos para restringirla.
Son los medios de comunicación
social los que sirven para materializar el ejercicio de la libertad de
expresión, de tal modo que sus condiciones de funcionamiento deben adecuarse a
los requerimientos de esa libertad.

No hay comentarios:
Publicar un comentario